A través de la conciliación virtual pueden tramitarse las mismas materias conciliables previstas para la conciliación extrajudicial presencial. Este procedimiento permite buscar acuerdos de manera rápida, segura y sin necesidad de trasladarse físicamente.
Deudas y obligaciones económicas
- Pago y cobro de deudas.
- Obligaciones de dar sumas de dinero.
- Acuerdos sobre la forma y los plazos de pago.
- Ofrecimiento de pago.
- Obligaciones de dar.
- Cobro de mejoras realizadas en un inmueble.
- Indemnización por daños y perjuicios.
Contratos y convenios
- Incumplimiento de contratos o convenios.
- Resolución de contratos o convenios.
- Obligaciones de hacer o no hacer.
- Otorgamiento de escritura pública.
- Otras controversias relacionadas con obligaciones contractuales.
Inmuebles y propiedades
- Desalojo.
- Pago de alquileres.
- División y partición de bienes.
- Rectificación de áreas.
- Pago o cobro de mejoras realizadas en un inmueble.
- Interdictos.
- Convocatoria a juntas o asambleas.
- Otros derechos sobre bienes que sean de libre disposición.
Asuntos familiares
- Pensión de alimentos para hijos menores de edad, reconocidos o no.
- Pensión de alimentos para padres solicitada a sus hijos.
- Pensión de alimentos para el cónyuge en situación de necesidad.
- Pensión de alimentos a favor de uno de los convivientes.
- Aumento o reducción de la pensión de alimentos.
- Exoneración de alimentos.
- Gastos de embarazo y parto.
- Tenencia de hijos menores de edad.
- Régimen de visitas.
- Variación del régimen de visitas.
- Liquidación de la sociedad de gananciales como consecuencia del divorcio.
- Liquidación de la sociedad de bienes como consecuencia del término de una convivencia.
Otras materias conciliables
También pueden tratarse indemnizaciones y otras pretensiones relacionadas con derechos de libre disponibilidad, siempre que la legislación permita resolverlas mediante conciliación.
Importante
La conciliación virtual no procede cuando la materia no es conciliable por disposición legal, cuando no pueda verificarse adecuadamente la identidad de los participantes o cuando las condiciones tecnológicas impidan el normal desarrollo de la audiencia.

